El control del investigador es fundamental ORCID principio así que las direcciones de correo electrónico registradas y añadidas a la ORCID Los registros están, por defecto, configurados como solo visibles para el poseedor del registro. Los correos electrónicos no verificados no se muestran en la vista pública del registro y solo las direcciones de correo electrónico que se hayan verificado aparecerán en los resultados de la API.
Una vez que los investigadores han verificado su dirección de correo electrónico, deben optar por hacerla visible para todos (es decir, pública) o para las partes de confianza (es decir, acceso limitado) para que la dirección de correo electrónico sea leída por organizaciones de terceros.
Si el investigador ha establecido su dirección de correo electrónico en Partes de confianza, se le devolverá con el registro si el investigador le ha concedido acceso de lectura limitada. Para más información, consulte la ORCID configuración de visibilidad.